El Poder Ejecutivo resolvió prorrogar la exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el pan blanco común, la galleta de campaña, las pastas y los fideos por el término de 30 días, con vigencia a partir del pasado 8 de mayo.
Como se recordará, esta norma fue aprobada el 6 de abril por unanimidad en el Parlamento, la cual fue promulgada posteriormente por el Poder Ejecutivo.
Los mencionados productos se encuentran gravados por el IVA mínimo, por lo que la exoneración correspondiente es del 10%.